En una sentencia emitida recientemente, el tribunal ha estimado la demanda presentada contra dos sociedades limitadas, por un despido considerado injusto. A pesar de la ausencia de las empresas demandadas en el acto del juicio, el tribunal procedió a evaluar detalladamente el caso. Tampoco compareció ante el tribunal el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) al que también se citó.
La demandante, cuyo nombre no se han revelado por motivos de privacidad, fue despedida el 07-03-2023 de manera que ella consideró arbitraria. Sin embargo, con determinación y el respaldo legal adecuado, decidió impugnar el despido y buscar justicia ante los tribunales.
El fallo del tribunal fue claro y contundente, declarando la improcedencia del despido e incluyendo una condena a las empresas demandadas, a las que se les ordenó optar, en un plazo de cinco días, entre readmitir a la trabajadora con el pago de los salarios de tramitación omitidos desde el día del despido hasta la fecha de readmisión, o abonar una indemnización económica determinada por el tribunal.
En el caso de la primera sociedad limitada, la readmisión incluye el abono de los salarios dejados de percibir desde el día del despido hasta el día de la readmisión, a razón de 21,72 euros/día. En caso contrario, deberá pagar una indemnización de 5.077,97 euros, más el salario correspondiente al período de preaviso omitido.
En el caso de la segunda sociead limitada, la readmisión incluye el abono de los salarios dejados de percibir desde el día del despido hasta el día de la readmisión, a razón de 54,11 euros/día. En caso contrario, deberá pagar una indemnización de 16.964,56 euros, más el salario correspondiente al período de preaviso omitido.
En ambos casos, las empresas disponen de un plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, para optar por la readmisión o la indemnización. En caso de no optar por ninguna de ellas, se entenderá que procede la primera.
Aunque las empresas demandadas no comparecieron ante el tribunal, su ausencia no fue un obstáculo para que se hiciera justicia, ya que la demandante fue reconocida como víctima de un despido improcedente y se le otorgó la posibilidad de ser readmitida en su puesto de trabajo, con compensación económica por los perjuicios sufridos en caso de no optar por la readmisión. Este caso sirve como inspiración para otros trabajadores que enfrentan situaciones similares.