En la sentencia anterior, podemos observar cómo el tribunal ha resuelto el pronunciándose sobre la validez del despido y marcando las acciones a seguir por parte de la empresa.
El juez ordena a la empresa que, en un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, optara entre dos alternativas: readmitir al trabajador y abonar los salarios que había dejado de percibir desde el despido, a razón de 41,67 euros por día, o pagar una indemnización de 8.937,56 euros. En caso de elegir la readmisión, la empresa debe restablecer su relación laboral y compensar los salarios pendientes desde el día del despido hasta su reincorporación. Si optaba por la indemnización, la relación laboral se extinguiría en la fecha efectiva del despido, y además, tendrá que pagar el salario correspondiente al período de preaviso omitido, que ascendie a 633,68 euros. En caso de no tomar una decisión dentro del plazo estipulado, se asume automáticamente la readmisión del trabajador.
Por otra parte, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) garantiza que se hará responsable en caso de que la empresa no cumpla con las obligaciones económicas dictadas por el juez, cubriendo así las deudas de la empresa en los términos establecidos en la sentencia.
Esta decisión judicial implica una condena para la empresa demandada y sirve como precedente para otros trabajadores que enfrentan situaciones similares.