En el fallo judicial mostrado contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se reconoce una incapacidad permanente total para la demandante, revocando la resolución del Director Provincial del INSS de fecha 6 de diciembre de 2019.

La demandante, afectada por una enfermedad común que ha mermado severamente su capacidad para desempeñar su profesión, solicitó el reconocimiento de su situación de incapacidad permanente total ante el INSS. Sin embargo, esta solicitud fue inicialmente rechazada mediante una resolución del Director Provincial del INSS el 6 de diciembre de 2019, lo que llevó a la demandante a recurrir judicialmente para obtener el reconocimiento de sus derechos.

Finalmente, en su fallo, el tribunal declaró a la demandante en situación de invalidez permanente en el grado de incapacidad permanente total para su profesión, derivada de enfermedad común. Esta declaración obliga al INSS a reconocer oficialmente la situación de la demandante y a abonar una pensión vitalicia del 75% de su base reguladora, fijada en 404,43 euros mensuales. Además, la sentencia estipula que esta pensión deberá ajustarse con los mínimos incrementos y revalorizaciones correspondientes legalmente, con efectos retroactivos desde el 22 de octubre de 2019.

Este fallo judicial tiene un impacto considerable tanto para la demandante como para otras personas en situaciones similares. La decisión subraya la responsabilidad del INSS de evaluar con justicia y precisión las solicitudes de incapacidad permanente, asegurando que se protejan los derechos de los trabajadores que se encuentran incapacitados para ejercer su profesión debido a enfermedades comunes. La sentencia también refuerza la importancia de un sistema judicial capaz de corregir decisiones administrativas incorrectas y proporcionar la seguridad económica necesaria a aquellos que no pueden trabajar debido a problemas de salud.